El Tribunal Superior de Justicia rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Fundación Vía Libre . La Fundación pretendía que se suspendiera la implementación del uso del sistema informático contratado y reponer las elecciones en papel. El Tribunal entendió que la Fundación no está legitimada para accionar judicialmente en defensa de derechos de incidencia colectiva referentes a intereses individuales homogéneos o a bienes colectivos de los electores de la Ciudad, pues su objeto no la habilita y tampoco incluye la “defensa de los derechos políticos” requerida por el Código Electoral.